lunes, 18 de marzo de 2013

Sin resolver 279 observaciones del Ayuntamiento de La Paz


Gabriel Meza

El Congreso detectó 279 observaciones equivalen al 70% de lo auditado y representan 211 millones 169 mil 975 pesos. En el informe se argumentó que “no presentaron razonablemente la situación financiera de conformidad con los postulados básicos de contabilidad gubernamental y los acuerdos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable”.

En un documento presentado en diciembre, el Congreso del Estado de Baja California Sur, a través de la Comisión de Vigilancia y Fiscalización Superior emitió 378 observaciones a la cuenta pública de 2011 del XIV Ayuntamiento de La Paz, de las cuales no solventó 279.

En el análisis, revisaron los movimientos en servicio generales, Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas, Inversión Pública, el Fondo del Ramo 33, Subsidio para la Seguridad Pública Municipal (SUBSEMUN) y la Deuda Pública, entre otros.

En las observaciones dirigida a los ingresos, el órgano identificó la falta de recibos oficiales por concepto de Participaciones y Aportaciones Federales; faltó información: tasa, tarifa, base y tablas que permitieran verificar el cumplimiento de la Ley de Hacienda para el Municipio de La Paz, Baja California Sur; en la recaudación de los ingresos.

La lista continúa con las diferencias, encontradas, entre importes cobrados y los determinados en base a la Ley de Hacienda para el Municipio de La Paz, Baja California Sur y se detectaron descuentos y omisiones, en varios conceptos del ingreso y sus accesorios, en contravención a disposiciones legales.

En referencia a las observaciones a los egresos, una de los principales señalamientos como compras sin evidencia de autorización del Director de Adquisiciones y Servicios, incumpliéndose el Reglamento de la Administración Pública Municipal de La Paz.

La Comisión de Vigilancia del Órgano de Fiscalización Superior está conformada por Víctor Ernesto Ibarra Montoya (presidente), Pablo Sergio Barrón Pinto (secretario) y Dora Elda Oropeza Villalejo, quienes podrían interponer una denuncia judicial según dispuesto por el artículo 39 de la ley del Órgano de Fiscalización Superior, del Estado de Baja California Sur.

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